
Apoyos a fondo perdido para la creación y expansión de negocios de comercio, servicios y actividades económicas locales.
Apoyo de hasta el 60% a fondo perdido para proyectos de inversión de micro y pequeñas empresas que contribuyan a la diversificación de la economía local, la creación de empleo y el refuerzo de la competitividad de los territorios rurales.

Una de las principales oportunidades de financiación a fondo perdido para crear, expandir o modernizar negocios de comercio, servicios y actividades económicas locales en el medio rural, combatiendo la desertificación y dinamizando los territorios.
La medida pretende incentivar la creación, modernización y expansión de actividades económicas no agrícolas, promoviendo el emprendimiento, la innovación y la dinamización de los territorios de baja densidad.
La medida se opera a través de los Grupos de Acción Local (GAL). Son elegibles las inversiones localizadas en los territorios cubiertos por los respectivos GAL con convocatorias abiertas.
Para saber si esta Medida de Apoyo está abierta en su zona, consúltenos.
Hable con NosotrosSon Beneficiarios las Personas Físicas o Jurídicas, siempre que sean PYME.
Construcción, ampliación, reforma y mejora de espacios comerciales y de prestación de servicios, en particular del sector turístico, comercio local, servicios y unidades industriales elegibles.
Equipos productivos, comerciales y de apoyo a la prestación de servicios.
Ordenadores, servidores, equipos tecnológicos y hardware especializado.
Software de aplicación, propiedad industrial,...
Planes de Marketing y Branding
Equipos de reducción de consumos y sistemas de energías renovables.
Elaboración de estudios y proyectos de arquitectura y de ingeniería asociados a la inversión, siempre que se realicen hasta seis meses antes de la fecha de presentación de la solicitud
Gastos de elaboración y seguimiento de la solicitud.
Adquisición de vehículos y otro material rodante, indispensables para la actividad objeto de financiación.
Otras inversiones intangibles indispensables para la consecución de los objetivos del proyecto.
La Tasa de Apoyo se define en cada Convocatoria de cada Grupo de Acción Local (GAL).
Los proyectos aprobados disponen de un plazo máximo habitual de ejecución de 24 meses, con posibilidad de prórroga mediante autorización de la Autoridad de Gestión.
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